¿Cuándo puede afiliar a sus padres como beneficiarios en la EPS?

Sus padres pueden ser beneficiarios suyos siempre y cuando no estén pensionados y dependan económicamente de usted.

Redacción Gestarsalud

Todo cotizante del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia tiene derecho a afiliar como beneficiarios, sin ningún costo, a sus padres, según lo define el Decreto 2353 de 2015.

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Lo anterior, siempre y cuando sus padres no sean pensionados y usted no tenga afiliados como beneficiarios a su pareja e hijos. En otras palabras, si usted no tiene cónyuge o compañero, ni hijos a cargo, podrá afiliar a sus padres como beneficiarios básicos si dependen económicamente de usted.

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Así mismo, los padres que dependan económicamente de uno de los cónyuges o compañeros permanentes podrán ser inscritos como beneficiarios al mismo tiempo con los hijos siempre y cuando ambos cónyuges sean cotizantes, o en otras palabras,  si en el grupo familiar existen dos cotizantes, podrán afiliar a los padres de alguno de los dos cotizantes.

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En este punto es importante resaltar que la vinculación de miembros de la familia en calidad de beneficiarios en su Entidad Promotora de Salud (EPS) es una de las ventajas que tiene como independiente o empleado.

¿Pero cuáles son los requisitos que usted debe cumplir para realizar dicho trámite?

Es importante que antes de realizar este trámite usted se dirija a su EPS o se comunique vía telefónica y solicite hacer esta vinculación en calidad de beneficiario. Normalmente allí le darán un formulario único de afiliación o le indicarán cómo debe hacer el proceso.

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Sin embargo, usted debe tener presente que cuando se habla de dependencia económica es cuando una persona recibe de otra los medios necesarios para su subsistencia. Esta se declarará en el momento de la inscripción en la EPS y se presumirá de la buena fe en su declaración.

Ahora bien, es importante que usted tenga a la mano una fotocopia del documento de identificación de cada uno de los beneficiarios que va a vincular ya que en casi todos los casos es indispensable, así como también registro civil que evidencie que usted es el hijo.

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