Ante un accidente laboral ¿sabe qué es lo primero que debe hacer?

Para incentivar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en todo el mundo, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) conmemoró ayer 28 de abril el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo. «Se trata de una campaña de sensibilización cuyo objetivo es centrar la atención internacional sobre las nuevas tendencias en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo y sobre la magnitud de las lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con el trabajo».

La Universidad Pontificia Bolivariana define accidente laboral a todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Un accidente laboral también es aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante, durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y horas de trabajo.

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También se consideran accidentes de trabajo aquellos que se produzcan:

  • Durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. 
  • Durante el ejercicio de la función sindical, aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
  • Por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria y cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en esa misión.
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Foto cortesía: CuidatePlus.

El teletrabajo está contemplado actualmente en la Ley 1221 de 2008, la cual asegura las normas para promover y regular esta modalidad. En la misma, se puede entender que mientras el trabajador continúe prestando sus servicios, bien sea en teletrabajo o en trabajo en casa, el empleador debe continuar pagando los aportes a riesgos laborales por si el trabajador llegara a sufrir cualquier tipo de accidente.

En caso de teletrabajo, la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) deberá garantizar las prestaciones asistenciales y económicas que se puedan derivar del mismo.

La abogada Diana Zuleta Martínez, directora del área laboral de DLA Piper Martínez Beltrán, explicó a la Federación de Aseguradores Colombiano (Fasecolda) que tanto un derrame de café como un infarto podrían considerarse un accidente laboral y  deben ser tenidos en cuenta por la ARL, la cual va a estar encargada de garantizar las prestaciones asistenciales y económicas que se deriven del mismo.

Foto cortesía: fundamental.edu.ve.

«Lo que hay que tener en cuenta es que al momento de que el trabajador sufra este tipo de accidentes en su casa este deberá ser reportado inmediatamente al empleador para que, de esta manera, él se ponga en contacto con la ARL y procedan a la atención del accidente o enfermedad».

Diana Zuleta Martínez, Dir. Área Laboral del bufete DLA Piper Martínez Beltrán.

Por su parte, la abogada Carolina Porras, socia de Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du & Uría y experta en Derecho Laboral, también le dijo a Fasecolda que el trabajador debe ponerse a disposición para que la persona encargada por parte del empleador pueda reportar el presunto accidente de trabajo completando el formato único de reporte de accidente de trabajo.

«El trabajador debe suministrar descripción del accidente y sintomatología. De esta manera, la entidad será la encargada de hacer una investigación respectiva del caso, la cual va a determinar si el accidente es considerado como laboral o si, por el contrario, pueda llegar a ser considerado como un accidente doméstico. Esto en el caso del teletrabajo».

Si un empleador requiere que se trabaje horas extras, las cuales son solicitadas y tenidas en cuenta por la ley, en ese tiempo seguirá resguardado en cualquier clase de riesgo laboral. Pero, si el trabajador sufre algún tipo de accidente fuera del horario, lo más seguro es que ese no se pueda determinar como un accidente laboral por más de que esté haciendo esa actividad.

Foto cortesía: cincodias.elpais.com

La Universidad Pontificia Bolivariana indica que, en caso de presentarse un incidente o accidente, estos son los pasos que se deben seguir:

Si el accidente o incidente ocurre de lunes a viernes en jornada administrativa:

  1. Realizar primeros auxilios en el área, si fuera necesario.
  2. Reportar al jefe inmediato y a Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) para la elaboración del reporte del incidente o del accidente.
  3. SST diligencia el reporte en línea en la página de la ARL y, de ser necesario, solicita por este mismo medio la atención médica.
  4. Remitir a la persona al centro asistencial que determine la ARL.

Si ocurre sábados, domingos, festivos y en jornada no administrativa o nocturna:

  1. Reportar al jefe inmediato y a Seguridad y Salud en el Trabajo para la elaboración del reporte del incidente o del accidente.
  2. Si la persona considera que debe recibir atención médica inmediata, se debe comunicar con la línea de atención de la ARL a la que pertenece para recibir las instrucciones respectivas.
  3. La atención por urgencias no significa reporte del accidente, por lo tanto, se deberá notificar el evento el primer día hábil siguiente a su ocurrencia, al jefe inmediato y a Seguridad y Salud en el Trabajo. Sin el reporte respectivo del accidente, no tiene validez ante la ARL.

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