Con la intención de unificar acciones y criterios ante una eventual llegada del Covid-19 a Colombia, el Ministerio del Trabajo publicó este martes 24 de febrero la Circular 0017 de 2020.
La comunicación está dirigida a entidades Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), empleadores, contratantes, trabajadores dependientes y contratistas de los sectores público y privado con los lineamientos de promoción y prevención mínimos a implementar ante la preparación, respuesta y atención de enfermedad por Covid-19.
Como lo publicó la cartera de trabajo, existen tres grupos de trabajadores expuestos, considerando el riesgo de exposición:
- Con riesgo de exposición directa: principalmente, trabajadores de la salud y quienes deben tener contacto directo con un posible portador o persona contagiada.
- Con riesgo de exposición indirecta: se pueden considerar las personas cuyas funciones impliquen contacto o atención de personas en transporte aéreo, marítimo o fluvial y personal de aseo y servicios generales o los trabajos que tengan contacto incidental con un posible portador o persona contagiada.
- Riesgo de exposición intermedia: aquellos trabajadores que pudieron tener contacto con algún posible portador o persona contagiada en un ambiente laboral en el que se puede generar transmisión por su estrecha cercanía física.
El Ministerio del Trabajo señaló en la circular que “los empleadores, contratantes y ARL deben fortalecer las acciones destinadas a proteger a los trabajadores del riesgo de contraer el Covid-19. Las acciones a las que se alude se deben ejecutar en el contexto del Sistema de Gestión y Seguridad en el trabajo que deben desarrollar todas las empresas del país, por lo cual deben ser actualizados los respectivos Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en lo que corresponde a Gestión…”
En la Circular 0017 de 2020 están establecidas las estrategias por parte de los empleadores y contratantes y las acciones que deben ejecutar las Administradoras de Riesgos Laborales.