La emergencia sanitaria continúa. Aún las cifras más altas de contagios por Covid-19 en Colombia no se han registrado, sin embargo, la economía debe reactivarse.
Considerando que de la interacción social depende el control de la pandemia, hoy, dos sectores económicos del país- manufactura y construcción- pueden volver a operar sí y sólo sí el empleador cumple con las normas de bioseguridad establecidas por el Gobierno nacional para la activación de las funciones, a través de la Resolución 666 de 2020.
Entre los dictámenes emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social destacan:
Por parte del empleador
- Capacitar sobre las medidas del protocolo a los trabajadores y contratistas vinculados.
- Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición: flexibilización de turnos y horarios de trabajo y propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
- Reportar a la EPS y a la ARL los casos sospechosos y confirmados de Covid-19 que haya en la empresa.
- Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
- Proveer a los empleados los elementos de protección personal y bioseguridad para que puedan cumplir con sus responsabilidades laborales.
- Promover el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella el estado de salud de los trabajadores.
- Disponer de lugares para que los trabajadores puedan lavarse las manos cada tres horas, como mínimo sin que ello implique aglomeraciones.
- Ubicar los puestos de trabajo con, mínimo, dos metros de distancia entre cada trabajador.
Por parte del empleado
- Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados por el empleador o contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de la empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.
- Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o familia.
- Adoptar las medidas de cuidado de salud y reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp.
- Cumplir a cabalidad con el distanciamiento respecto a las demás personas, lavarse las manos con frecuencia, utilizar correctamente los implementos de bioseguridad. En todo momento se debe usar tapabocas.
La vigilancia y cumplimiento de esta medida estará a cargo de la secretaría municipal o distrital, teniendo en cuenta que cada sector, empresa o entidad deberán realizar, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad. Definiendo además las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y adecuados procesos de higiene y protección en el trabajo.
Ninguna empresa puede comenzar sus operaciones hasta que cumpla con las medidas dictadas por la Resolución 666, sobre la adecuación de su infraestructura y dotación de insumos bioseguridad para los trabajadores.
Cómo se hará la reactivación en Bogotá
Como parte de las tareas de control que las Secretarías Distritales deben hacer frente a la reactivación de dos de los sectores económicos más importantes del país, la Alcaldía Mayor de Bogotá aclaró que en la capital del país este lunes ninguna empresa puede comenzar sus operaciones hasta que haga su registro en el siguiente enlace: www.bogota.gov.co/reactivacion-economica.
Posteriormente, recibirán al correo electrónico registrado un certificado sobre el recibo y cumplimiento cabal de los requisitos exigidos y relacionados con el Plan de Movilidad Segura y con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Gobierno nacional para cada sector excepcionado de la medida de aislamiento preventivo, a partir de este momento podrán dar inicio a la actividad económica que corresponda.