Gracias a la contribución solidaria las personas no pobres ni vulnerables podrán afiliarse al régimen subsidiado.
Redacción Gestarsalud
El Gobierno dejó en firme a través del decreto 616, firmado por los ministerios de Salud y Hacienda, el mecanismo de contribución solidaria, por medio del cual podrán afiliarse al sistema de salud a través del régimen subsidiado todas las personas consideradas como no pobres o no vulnerables que no logran asegurarse a través de aportes laborales y pagando una fracción.
El objetivo de este mecanismo, establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, es que se pueda ampliar la cobertura del sistema de salud, porque si bien es universal y protege a más del 95 por ciento de la población, hay personas que no logran aportar a través de empleos formales, pero tampoco cumplen con los requisitos para hacer parte del régimen subsidiado pueden estar afiliados y tener cobertura de salud.
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“La contribución solidaria resulta en una oportunidad para aquellos que previamente no habían podido afiliarse al sistema de salud colombiano, así como para quienes pierdan su capacidad de generar ingresos y, de esta forma, proteger su salud y la de sus familias”, afirmó María Andrea Godoy, viceministra de Protección Social.
De esa manera, las personas clasificadas en el grupo D de la encuesta Sisbén IV podrán acceder a esta forma de afiliación pagando un monto mensual de entre $ 24.000 y $ 107.000, dependiendo de su capacidad de pago parcial y según una clasificación que está próxima a expedir el Ministerio de Salud.
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Vale explicar que en el régimen subsidiado están las personas sin capacidad de pago a quienes el Estado cubre en su salud con iguales condiciones que los trabajadores y sus familias. Y pueden afiliarse a este régimen aquellas clasificadas en el Sisbén IV en los niveles A, B y C (del A1 al C18), recordando en el grupo A están las personas en pobreza extrema, en el B las que están en pobreza moderada y en el C la población vulnerable.
Y ahora, gracias a la contribución solidaria las personas que clasificadas en el grupo D del Sisbén IV y que no tengan ingresos suficientes para poder cubrir el monto total de la cotización en el régimen contributivo podrán afiliarse al subsidiado.
Más detalles
De acuerdo con el decreto 616, quienes se afilien al régimen subsidiado a través del mecanismo de contribución solidaria estarán sujetos a pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles. Si, por ejemplo, una persona quiere afiliar a su familia deberá pagar una tarifa por cada uno de los miembros mayores de edad y podrán estar protegidos como beneficiarios los menores de edad y quienes sean dependientes económicos y cumplan con los requisitos.
Los afiliados estarán asegurados a partir de la fecha de su inscripción y deberán efectuar el pago el mes siguiente.
Es clave destacar que, según el decreto, quienes se afilien a través de este mecanismo gozarán de iguales condiciones frente al Plan de Beneficios en Salud y todos los servicios y tratamientos. Además, las afiliadas cabeza de familia podrán acceder al reconocimiento de una compensación de maternidad proporcional a la tarifa de la contribución realizada.
Las EPS deberán informar a estos afiliados la tarifa de la contribución solidaria que les corresponde asumir por cada uno de los miembros del núcleo familiar y los canales dispuestos para el pago del monto total.
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