La vacunación contra la COVID-19 ha sido un evento mediático, no solo en Colombia sino en el mundo. Los ojos de la sociedad civil están puestos, con más detalle que nunca, en la manera cómo se maneja el proceso, la cantidad de líquido que se inyecta y el detalle de la información que se proporciona. En este contexto del Plan Nacional de Vacunación (PNV) la minucia y el respeto por el proceso es determinante y, supremamente, importante.
Jesús Albrey González, gerente de la firma González Páez Abogados y presidente del Colegio de Abogados en Derecho Médico, explica que “en términos jurídicos, cuando se presentan problemas en alguno de los procesos del Plan Nacional de Vacunación, las IPS y sus funcionarios pueden enfrentar un tema de responsabilidad legal, donde entidades de inspección, vigilancia y control, como la Superintendencia de Salud, Secretarías de Salud o las Contralorías pasan a determinar la existencia de la falla, los responsables del problema y otros elementos que les permitan posteriormente tomar acciones”.
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Pero, ¿a qué tipo de responsabilidad se puede enfrentar una institución prestadora de salud y los funcionarios cuando se presenta una falla en el contexto de la inmunización contra la COVID-19? El gerente de González Páez Abogados responde:
1. Responsabilidad de orden fiscal: para este caso, se podría identificar una responsabilidad de origen fiscal, ya que al vacunarse a una persona fuera del esquema establecido, las IPS estarían auspiciando un mal uso de los recursos públicos destinados a población priorizada, que al final del día tendrá que ser analizado por la Contraloría de la República para establecer responsabilidades patrimoniales.
2. Responsabilidad penal: esto podría ocurrir si se comprueba que algún funcionario de la IPS realizó fraude sobre la información oficial reportada o alguna falsedad ideológica o material para lograr su objetivo.
3. Responsabilidad administrativa: esto sucede cuando la Superintendencia de Salud o la Secretaría de Salud detecta una falla que atañe a la responsabilidad misma del hospital, clínica o centro de salud. En este caso, las IPS pueden enfrentarse a procesos sancionatorios que pueden terminar en millonarias multas o en el cierre de la institución.
«En estas materias, no hay responsabilidades objetivas. Sin embargo, si se comprueba una conducta violatoria de una IPS o su personal en cuanto al esquema de vacunación, por ejemplo, sus representantes legales podrían recibir una sanción por parte de la Superintendencia de Salud que puede traducirse en una multa de hasta 2 mil salarios mínimos y/o la inhabilidad para ejercer cargos en entidades de salud por un periodo de hasta 15 años, hasta el cierre de servicios de la institución».
Jesús Albrey González, gerente de la firma González Páez Abogados.
Para evitar malentendidos y problemas en el proceso de vacunación, el profesional del derecho le ofrece a los pacientes y/o usuarios las siguientes recomendaciones:
- De presentarse alguna irregularidad, es necesario poner en conocimiento de la situación a las autoridades competentes, en este caso, directamente, en buzón de reclamos y sugerencias de la IPS, en la Secretaría de Salud municipal a la que pertenece el afiliado, en la EPS y en la Superintendencia Nacional de Salud para que se activen las competencias en inspección, vigilancia y control y se dé claridad al caso.
- Acudir a la vacunación debidamente informado sobre sus derechos y obligaciones como paciente. Tener muy claro el artículo 10 de la ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria en Salud), que establece los derechos de los pacientes. Además, estar informado de lo contenido en todo el Plan Nacional de Vacunación.
- En el caso de que se presente alguna anomalía es importante informar a la comunidad sobre la experiencia tenida, para que estén atentos y eviten que se repitan hechos de este tipo.
- Verificar que las IPS cumplan con los criterios de habilitación y de calidad. Para ello, las personas se pueden documentar en el portal web del Ministerio de Salud y Protección Social, donde, con el nombre de la IPS, podrán evidenciar si esta cumple con los criterios y condiciones para garantizar el proceso de vacunación.
El principal derecho que tienen las personas es el de la salud y dentro de él se deriva una serie de componentes:
- Derecho a ser informado debidamente. Al paciente hay que entregarle toda la información, que le permita aceptar o rechazar el tratamiento que se le está colocando. Ese catálogo de derechos es muy importante y hace parte de ese deber de información.
- Derecho a que pueda evidenciar, de forma clara, el tratamiento que se le va a administrar. No se le puede ocultar al paciente la marca de la vacuna que se le va a suministrar, la dosificación, la fecha de vencimiento y efectos secundarios, etc.
- Un derecho muy importante es el de guardar registro del tratamiento. En el caso de la vacunación de la COVID-19, las personas tienen derecho a que le entreguen copia de toda la documentación que hace parte de su proceso de vacunación. «En este caso el carnet donde se registran los datos de la vacuna aplicada, marca, dosis, fecha. Además de la firma de consentimiento informado. El paciente tiene derecho a hacer registro audiovisual.