Ministerio de Salud adelantó algunos requisitos que quedarán consignados en una resolución.
Redacción Gestarsalud
El Ministerio de Salud anunció esta semana que desde el próximo 1 de mayo los habitantes de municipios y ciudades que vayan más adelantados en la vacunación contra el covid-19 podrán dejar de usar los tapabocas en espacios cerrados. ¿Pero cuáles son los requisitos puntuales para aplicar esta medida?
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En el Puesto de Mando Unificado (PMU) de este viernes, el ministro Fernando Ruiz explicó que podrán acogerse a esta medida todos aquellos municipios donde la cobertura de vacunación con dos dosis o monodosis esté por encima del 70 por ciento y donde el 40 por ciento de ese grupo ya tenga vacuna de refuerzo.
Bajo esa condición ya se encuentran 296 municipios, incluidas 12 de las ciudades capitales más grandes, lo que representa a más de 18 millones de personas. Estas indicaciones quedarán plasmadas en una resolución que será expedida antes del 1 de mayo.
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En dicho documento también quedará estipulado que los municipios de las áreas urbanas podrán acogerse a la medida así no hayan alcanzado con las coberturas siempre y cuando su ciudad capital sí lo haya hecho. “Son ámbitos urbanos conectados donde las personas residen en uno y se aplican la vacuna en otro, existe la posibilidad que la aplicación de vacunas haya sido en otro lugar”, detalló el ministro.
Otra medida en el mismo sentido es que en los departamentos donde las coberturas estén por encima del 70 y el 40 por ciento en esquemas iniciales y refuerzos podrán acogerse al no uso del tapabocas todos los municipios. En este momento cinco regiones cumplen con esas características: Bogotá, Barranquilla, San Andrés, Quindío y Boyacá.
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El ministro Ruiz afirmó que los gobernadores de cada región tienen plazo de enviar una comunicación indicando cuáles son los municipios que se acogerían antes del 1 de mayo.