Ayer, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 810 de 2021, a través del cual se establece el reglamento técnico de etiquetado nutricional y frontal, que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano.
Con esta normativa el Gobierno nacional pone en práctica las recomendaciones hechas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) respecto a políticas que permitan mejores hábitos alimenticios, de cara a evitar o minimizar la incidencia de enfermedades no transmisibles.
Tal y como explicó Elisa María Cadena Gaona, subdirectora de Salud Nutricional de la cartera de salud, este acto administrativo tiene el objetivo de darle al consumidor final una información nutricional lo suficientemente clara y comprensible sobre el producto, para que él pueda hacer una elección bien informada de lo que consume.
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«Cuando esta elección se hace frecuente, la ingesta de calorías y de otros nutrientes de interés en salud pública (sodio, azúcares libres, grasas saturadas y trans) disminuyen. Esta disminución contribuye a mitigar las prevalencias de sobrepeso y obesidad que, a su vez, contribuyen a disminuir las enfermedades relacionadas con una alimentación poco saludable y los costos asociados a ellas».
La experta de la cartera de salud reconoció este etiquetado nutricional como una herramienta eficaz para proteger la salud del consumidor, a través de una presentación clara y comprensible, que le permite mejorar la atención y comprensión de éste y, por lo tanto, tomar mejores decisiones a la hora de elegir alimentos.
La resolución involucra cambios importantes; pasa de ser voluntaria a ser obligatoria. Establece criterios para la tabla nutricional, de manera que sea más grande a la vista y más sencilla de entender. Se actualizaron los valores de referencia, que tienen usos para el etiquetado nutricional, con base en las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes para la población colombiana.
«También actualizamos los parámetros técnicos para los descriptores de excelente fuente, buena fuente y otros que se podrán encontrar en los productos. Establecimos los criterios para hacer declaraciones de propiedades en salud y propiedades nutricionales y de manera complementaria, se establece el etiquetado frontal de advertencia, que irá ubicado en la parte superior derecha de cada uno de los envases, donde se identifica si los productos son altos en azúcar adicionada, en sal sodio y/o en grasas saturadas, por la relación que tiene su alto consumo con la aparición de enfermedades crónicas no transmisibles».
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Este acto administrativo tuvo que surtir varios pasos antes de su emisión, a fin de considerar la participación de la ciudadanía. En 2019 se formuló el análisis de impacto normativo, que buscó definir la problemática asociada y las alternativas de solución entre las cuales la que tuvo mejor costo-beneficio fue la regulación, en comparación con las campañas informativas.
La norma deroga la Resolución 333 de 2011 y entre los cambios sustanciales que presenta está la obligatoriedad de incluir la tabla nutricional en todos los alimentos envasados que circulan en el mercado colombiano, así las cosas, la población podrá conocer la información nutricional de todos los alimentos envasados que pretende consumir.
Entre los alimentos que pueden estar llevando este sello se encuentra la leche, avena, pasta, leguminosas, entre otros. La cartera de salud, con esta decisión, espera dar un salto importante en la salud pública del país.
El análisis de la carga de enfermedad en Colombia del año 2013 señala que el 76 % de la morbilidad es ocasionada por enfermedades crónicas no transmisibles; el 15 % corresponde a enfermedades transmisibles, maternas, perinatales y nutricionales; y un 9 % a lesiones de causa externa.
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Las enfermedades no transmisibles actualmente determinan un alto costo en servicios de tratamiento para el Sistema General de Seguridad Social en Salud, pues la carga principal de enfermedad para el sistema de salud está representada por las enfermedades no transmisibles asociadas al régimen alimentario, entre ellas la enfermedad cardiovascular, diabetes y algunos tipos de cánceres.
Para modificar los hábitos alimentarios de la población, relacionados con el excesivo consumo de sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans y otros nutrientes que impactan la salud pública como un factor de riesgo de enfermedad, “se hace necesario formular e implementar estrategias como medidas regulatorias que impactan en la reducción de nutrientes de interés en salud pública del contenido en los alimentos procesados, a fin de proporcionar al consumidor un perfil nutricional más saludable”, enfatizó Cadena.