Especial vacunas Covid-19: esta es la ruta por la que Colombia logrará una exitosa jornada de vacunación

“Las vacunas no previenen enfermedades, es la vacunación la que lo logra”, es la certeza que tiene doctor Jaime Ordóñez, médico, PhD en Epidemiología, MSc. en Economía de la Salud e investigador senior en True Consulting, sobre el éxito o no del proceso de vacunación que se tendrá en el país para erradicar al Covid-19.

El experto conversó con Gestarsalud.com sobre los tiempos en que se espera controlar la nueva enfermedad. En este sentido, asegura que con la vacunación las probabilidades de volver a la normalidad, en la medida que vayan disminuyendo los casos, son altas, la interrogante está en el tiempo en que se logre la hazaña.

“Vacunar al 85% del país, que representa a más de 40 millones de personas, implica un alto nivel de complejidad. Pongámonos la mano en el corazón. En un año es imposible vacunar esta cantidad de personas, ni en este ni en ningún país. Las vacunas van a llegar y es la mejor solución que podamos tener, pero el regreso a la normalidad, con mucha suerte, se logrará en el 2022”.

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Para cumplir con la premisa del doctor Ordóñez sobre el éxito de la vacunación, Colombia ha estructurado una estrategia que apunta, en una primera fase, a proteger el talento humano en salud- específicamente el de primera línea- a reducir la mortalidad por causa de Covid-19 en el territorio nacional y a disminuir la incidencia de casos severos por la enfermedad. De este modo, y en concordancia con las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Gobierno nacional ha estructurado un Plan Nacional de Vacunación en el que se detallan las rutas para garantizar una jornada exitosa en el país.

Para ejecutar las fases del plan de vacunación es necesario identificar a la población priorizada de manera nominal, a través de los sistemas de información interoperables con los que cuenta Colombia y disponerla para que las aseguradoras del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los operadores de los regímenes especiales y de excepción y las entidades territoriales realicen la demanda de los servicios y el seguimiento a la vacunación.

Imagen: composición propia.

Entre estos sistemas o bases de información, se encuentran:

  • El Registro Único de Afiliación – Nacimiento y Defunciones (RUAF – ND).
  • El Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO). 
  • La Base de Datos Unificada de Afiliados (BDUA).
  • Las bases de afiliación a los regímenes especiales y de excepción. 
  • Los listados censales de población.
  • El Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) 
  • Base de datos de la Cuenta de Alto Costo.
  • Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud  (RIPS). 
  • Sistema de Información para seguimiento al Covid-19 (SEGCOVID). 
  • El registro de muestras para Covid-19 (SISMUESTRAS).
  • La Planilla Integrada de Aportes a la Seguridad Social (PILA).
  • Censo Nacional de Población y Vivienda 2018.
  • Mi Seguridad Social y los mecanismos de intercambio de datos como: Web Services para entrega de información a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) y los mecanismos de cargue y disposición de datos propios de cada sistema de información.

Según el borrador del Plan Nacional de Vacunación, que se espera sea publicado de manera oficial esta semana, en virtud de que es posible que existan personas con condiciones de salud o comorbilidades de las contempladas para la priorización, que no están diagnosticadas o cuya información clínica pertinente no está registrada en las entidades responsables del aseguramiento, es necesario establecer la forma en la que estos pueden probar su condición de salud y ser incluidos dentro de las poblaciones priorizadas.

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“A las EPS les corresponde valorar y certificar el estado de salud de las personas, en concreto, determinar la existencia de las comorbilidades o condiciones contempladas en la priorización consagrada en este acto administrativo. En ese mismo sentido, tales actividades competen a las entidades autorizadas para el efecto por los regímenes especiales y de excepción”.

El Ministerio de Salud y Protección Social ha asegurado que en la medida que las vacunas adquiridas se reciban, durante los años 2021 y 2022, es necesario que la aplicación priorizada se divida en diferentes etapas, de acuerdo con la disponibilidad de vacunas y conforme lo recomienda la OMS. “Para garantizar que el plan de priorización cumpla con sus cometidos constitucionales, es necesario que todas las instituciones privadas o entidades públicas que adquieran e importen vacunas tengan vigente una Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia por parte del Invima, cumplan con requisitos especiales, relacionados con el orden de priorización y con obligaciones de información en salud pública”.

Foto: elespectador.com

Ruta para lograr una vacunación efectiva en Colombia

  1. Identificación de la población a vacunar: el Ministerio de Salud y Protección Social identificará las personas a vacunar en cada etapa del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19, de acuerdo con los grupos poblacionales priorizados en el presente decreto y conformará la base de datos maestra de vacunación con base en la información contenida en las bases de datos oficiales con las que cuenta.
  2. Postulación de personas no incluidas en los listados de personas priorizadas: los usuarios que no se encuentren identificados dentro de los grupos poblacionales priorizados, publicados en la plataforma que disponga el Ministerio de Salud y Protección Social, y que consideren tener alguna de las comorbilidades o condiciones que dan lugar a la priorización, deberán presentar postulación ante la entidad responsable de su aseguramiento (Entidad Promotora de Salud u operador de algún régimen especial o de excepción), a través del mecanismo que defina el Ministerio, el cual será divulgado en su página web.
  3. Disposición de la información de la población a vacunar en cada etapa: la información de la etapa en la que se vacunará cada persona, así como la población priorizada a la que pertenece, reposará en la plataforma MIVACUNA COVID-19 del Ministerio de Salud y Protección Social. La información de cada etapa deberá estar publicada antes del inicio de cada una.
  4. Disposición de la información de los prestadores de servicios de salud que deben gestionar la vacunación: el Ministerio de Salud y Protección Social identificará y enlistará los prestadores de servicios de salud que cumplen con las condiciones para gestionar la vacunación y entregará esa información a las entidades responsables del aseguramiento en salud y a las secretarías de salud departamentales o distritales o a la entidad que haga sus veces, según corresponda, para que verifiquen si están dentro de su red de prestadores y se adelanten las acciones correspondientes para garantizar la vacunación de su población asegurada.
  5. Asignación del punto de vacunación: las entidades responsables del aseguramiento en salud o la entidad territorial departamental, distrital o municipal, según corresponda, deben identificar al prestador de servicios de salud que gestionará la vacunación de las personas contenidas en los listados enviados por la cartera de salud, teniendo en cuenta el municipio de residencia del afiliado o el lugar de trabajo.
  6. Agendamiento de citas para la vacunación: una vez recibidos los listados de parte de las entidades responsables del aseguramiento en salud o de las entidades territoriales departamentales, distritales o municipales, según corresponda, los prestadores de servicios de salud iniciarán con el proceso de agendamiento de citas, empezando por la población priorizada en cada etapa.
  7. Aplicación de la vacuna contra el Covid-19: toda persona a la que se le haya asignado una cita para recibir la vacuna contra el Covid-19 debe presentarse en la fecha y hora asignada. La institución prestadora de servicios de salud, previo a la aplicación de la vacuna, debe verificar que la persona se encuentre en la fase, etapa y cita asignada; entregar a la persona que se va a vacunar información sobre la vacuna, indicaciones de cuidado y eventos adversos esperados; entregar el formato del consentimiento informado y explicar su contenido, esperar que la persona lo lea y lo entienda, atender cualquier inquietud que tenga al respecto y pedir que lo firme. Una vez aplicada la vacuna, la institución prestadora de servicios de salud debe agendar la cita para la aplicación de la segunda dosis, si esta se requiere.
  8. Capacitación para la aplicación de la vacuna. el Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de un plan de capacitación para que los equipos vacunadores designados o contratados por las instituciones prestadoras de servicios de salud estén entrenados para la aplicación de la vacuna.

Un comentario

  1. Me parece una ruta aceptada y fácil de entender, es importante que circule información y educación referente a beneficios importancia de la aplicación , con la aplicación de la vacuna , el auto cuidado y con la ayuda de
    Dios saldremos todos adelante

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