Ayer, el Congreso colombiano decreto la Ley 2026, por medio de la cual se modifica la Ley 1388 de 2010 y se “establecen las medidas para garantizar la prestación de servicios de salud oncopediátrica y se declara la atención integral como prioridad a los menores con cáncer”.
La Ley Jacobo ya es un hecho y establece las medidas de protección de la salud de los menores de 18 años con diagnósticos de cáncer. Entre los logros más significativos que contempla la medida destaca la atención integral de estos pacientes como prioritaria, garantizando el acceso efectivo a los servicios de salud y fortaleciendo el apoyo social que reciben.
Según la medida, “el prestador de servicios de salud de menores con cáncer, sin importar el régimen de afiliación del menor, tendrá prelación en el pago de su facturación. Para lo anterior, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) tendrán en cuenta en su contratación la prelación de pagos para este tipo de prestadores y el mecanismo de giro directo. Las modificaciones en la red de prestadores de la EPS no afectarán la continuidad en la prestación de los servicios al menor”.
La Ley Jacobo determina que, el Ministerio de Salud y Protección Social en un término inferior a un año adoptará las medidas necesarias para regular lo pertinente; modificar y realizar los protocolos y guías de atención por parte de los actores de la salud involucrados en la garantía de la atención de los menores priorizados en esta ley.
“El médico que tenga la presunción diagnóstica de cáncer en un menor, beneficiario de la presente ley, lo incluirá en esta base de datos, previa autorización de los padres, tutores del menor o representantes legales, que podrá ser consultada en tiempo real y que le permitirá a la EPS, ARS o Entidad Territorial a cargo, según los regímenes de la seguridad social en salud vigentes en el país, encontrar al paciente en el sistema”.
En palabras del presidente de la República, Iván Duque, la aprobación de esta ley es un homenaje a la infancia del país. Aseguró que la Ley Jacobo garantiza la prestación del servicio de los menores con cáncer, la atención y la detección temprana de la enfermedad, a fin de aumentar las posibilidades de salvar vidas en el marco de la patología.
“Hoy sancionamos esta nueva ley con profundo entusiasmo y la vamos a reglamentar para que pronto empiece su aplicación y que por esta vía muchos niños y niñas, de familias vulnerables, sepan que no es la billetera de sus padres la que identifica el acceso a un sistema de identificación y tratamiento temprano cuando son embestidos por el cáncer”.