Desde hace 13 años las condiciones de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) están establecidas legalmente en Colombia. La sentencia C-355 de la Corte Constitucional estableció que las tres causales por las que una mujer puede practicarse un aborto a través del sistema de salud nacional son: malformaciones del feto que sean incompatibles con la vida, cuando peligra la vida o salud física y mental de la madre y/o cuando el embarazo es producto de abuso, violación, incesto, transferencia de óvulo o inseminación no consentida.
La violación de esta sentencia incurre en la siguiente pena, según el artículo 122 del Código Penal colombiano: La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. A la misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice la conducta prevista en el inciso anterior.
Sin embargo, y a pesar de los múltiples esfuerzos hechos por algunos organismos nacionales para establecer los parámetros, condiciones, legalidad y orientación de la IVE, éste sigue siendo un tema polémico y polarizado, que no ha alcanzado ni siquiera una decisión formal en el Senado.
Nuevamente, y a propósito de una demanda presentada por una ciudadana, la Corte Constitucional está estudiando eliminar las tres causales que permiten abortar y volver a la penalización total.
¿Qué dice la iglesia?
A finales de 2019, a propósito del borrador que presentó el Ministerio de Salud y Protección Social para la regulación única de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, la Confederación Episcopal de Colombia manifestó su total rechazo al proyecto. En ese momento, monseñor Juan Vicente Córdoba manifestó que “la cartera de salud no cuenta con facultades para reglamentar una sentencia de la Corte sin que exista una ley que deba ser reglamentada”.
Conozca los detalles del pronunciamiento
¿Qué dice la Secretaría de la Mujer?
La secretaria de la mujer, Diana Rodríguez, asegura estar de acuerdo con la Interrupción Voluntaria del Embarazo. “Me parece importante que la mujer tenga derecho a decidir”.
Considera que el derecho al aborto- incluso en las tres condiciones legales- se hace muy difícil por parte del sistema de salud, esto porque los profesionales que podrían liderar los procedimientos no tienen claro hasta dónde pueden llegar y temen ser juzgados y penalizados.
Rodríguez se confesó partidaria de que las mujeres decidan si abortan o no.
Varios medios de comunicación del país abrieron un reciente debate sobre este tema que toca las fibras más vulnerables de la sociedad: conciencia y moral.
¿Qué dice Profamilia?
Ante el revuelo que ha tomado nuevamente el tema, esta organización privada sin ánimo de lucro que promueve el respeto y el ejercicio de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, emitió un comunicado el 11 de febrero afirmando que «reconoce y promueve los derechos fundamentales de las mujeres, garantizando el cumplimiento de la
Sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional, que permite a las mujeres acceder a un aborto seguro» de acuerdo a las causales descritas anteriormente en este artículo.
Asimismo, la institución cita en el comunicado que «como Institución Prestadora de Salud (IPS), está en la obligación de garantizar la salvaguarda de toda la información de las usuarias atendidas. El acceso a los datos de salud física y mental, contenidos en las historias clínicas, es reservado y no es posible compartir su contenido, salvo que exista autorización explicita de la usuaria o en los casos permitidos por la Ley. En consecuencia, el secreto profesional se convierte en una obligación de primer orden para los prestadores de servicios de salud, en relación con este procedimiento».
Lea el comunicado completo aquí.
¿Cuál es la posición de la sociedad?
Fuentes: ElTiempo.com, Ministerio de Salud y Protección Social.