El proyecto de resolución busca fijar el valor a transferir a las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Obligadas a Compensar (EPS o EOC) del Régimen Subsidiado, por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación – UPC, en los componentes de Medicamentos, Alimentos para Propósitos Médicos Especiales APME, Procedimientos y Servicios Complementarios.
Dichos valores se calculan teniendo en cuenta la información histórica de los valores de medicamentos, alimentos con propósito médico especial, procedimientos y servicios complementarios no financiados con cargo a la UPC de las vigencias 2015, 2016, 2017, 2018 y primer semestre de 2019 reportada a través de la plataforma PISIS por las Entidades Territoriales y las Entidades Promotoras de Salud que operan dicho régimen, y la información histórica de los valores recobrados o cobrados respecto de las Tutelas del Régimen Subsidiado durante las vigencias 2015 a 2019 reportados por la ADRES a este Ministerio.
El Ministerio está recibiendo los comentarios y observaciones hasta el 13 de enero a través del correo electrónico avega@minsalud.gov.co, en la línea telefónica PBX (+57 1) 3305000 Ext: 1921.
Los comentarios y observaciones pueden ser descritos en el formato al que se accede por medio del siguiente enlace: https://www.minsalud.gov.co/Anexos_Normatividad_Nuevo/anexo%20_%20modificaciones%20_RESubsidiado%20presupuestomaximos.docx